cumbres mayores
El Castillo o Fortaleza de Sancho IV de Cumbres Mayores forma parte del sistema defensivo de la conocida como "Banda Gallega" y estaba bajo la jurisdicción de la ciudad de Sevilla, a la que se concedió privilegio, firmado por el rey Sancho IV en Toro el 4 de noviembre de 1293, para construir el castillo de Cumbres Mayores. Las razones de su construcción quedaron plenamente justificadas durante los siglos posteriores, ya que durante la Baja Edad Media existió un estado de guerra frecuente entre los reinos vecinos de Sevilla y Portugal.
Su construcción se llevó a cabo con ayuda de las tercias reales de varios lugares de la Sierra, prolongándose hasta entrado el siglo XIV. La población se ubica en el interior extendiéndose a extramuros del mismo y al resguardo de sus murallas centenarias.
La fortaleza es de planta irregular, con nueve lados y ocho torreones, alternándose los de planta cuadrada y planta semicircular, y la portada principal, todo ello construido en mampostería careada de buena calidad con refuerzos de similares y sillarejos en las esquinas. Posee dos puertas menores o poternas, una mirando hacia Portugal y otra hacia Levante, que se denomina Puerta del Sol y de la Luna.
Desde sus murallas centenarias se otea en el horizonte el cerro donde se encuentra ubicado el poblamiento Celta-Romano de Nertóbiriga y la vecina región de Extremadura, Segura de León y Fregenal de la Sierra con sus castillos, pertenecientes a las órdenes militares de Santiago y el Temple, razón también por la que se edifica esta Fortaleza, para evitar que dichas órdenes se adentren en la tierra realenga de Sevilla. Estamos ante un tipo de fortificación totalmente apartada de la tradición islámica y que sus elementos estructurales y decorativos son indudablemente cristianos y góticos.
Según fuentes documentadas, se puede hablar de dos fases distintas en la construcción del castillo: una primera fase fundacional que corresponde a la mayor a la mayor parte del edificio, fechada en 1293; y una segunda fase, fechada en el siglo XV, en la que se producen algunas intervenciones como la unión de las cámaras superiores de las torres que flanquean la entrada principal y un probable reforzamiento del almenado de todo el contorno.
Con la paz con Portugal el castillo dejó de ser funcional pero los asentamientos crecieron sobre todo aprovechando el material de acarreo o el resguardo de los muros de la edificación para la construcción de casas. Dado el estado de abandono y los diferentes usos civiles a lo largo de los siglos (siendo aprovechado, por ejemplo, para el ganado o en 1980 como campo de fútbol local) en los años 1973 y 1999 se acometieron destacables restauraciones. En tiempo presente se está gestionando su conversión en centro de interpretación de la zona.
Está declarado Monumento Histórico Nacional desde el 6 de agosto de 1895 y está bajo la protección de la Declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949, y la Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español. En el año 1993 la Junta de Andalucía otorgó un reconocimiento especial a los castillos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.